Vigente Córdoba Comercio Víctima: nadie

Si das internet en Córdoba, ofrecés bloquear los sitios de apuestas

Internet: ofrecer bloqueo de sitios de apuestas (Córdoba)
Ley 10.793 de Córdoba, art. 20 ter (incorporado por Ley 10.986, BO 17/10/2024)

Qué te obliga
Si das internet o telefonía celular en Córdoba, tenés que ofrecer como opción el bloqueo de los sitios de apuestas no autorizados que lista la Lotería provincial.
A quién protege
Nadie: el bloqueo es optativo para el usuario; el costo de mantenerlo lo absorbe el proveedor.
Por qué está en la lista
El usuario elige si lo usa; el proveedor carga con mantener el bloqueo de la lista de la Lotería.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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