Vigente CABA Vivienda Víctima: terceros, de lejos
Tenés que hacer y arreglar la vereda de tu frente, aunque sea pública
El dueño del frente construye y repara la vereda (CABA)
Ley 451 de CABA, Régimen de Faltas (2000), Anexo I, punto 2.1.14
- Qué te obliga
- Si sos dueño de un inmueble, tenés que construir, reparar y mantener en buen estado la vereda y la cerca de tu frente, aunque sea espacio público.
- A quién protege
- El peatón que tropieza con una baldosa rota: hay riesgo para terceros, aunque la vereda es de todos y la paga uno solo.
- Qué cuesta
- Multa de 200 a 5.500 UF (100 a 2.750 litros de nafta premium), más la obra.
- Por qué está en la lista
- Multa de hasta 5.500 UF más el costo de la obra, en un espacio público que paga un solo dueño.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.