Vigente Chubut Otros Víctima: nadie
Si tenés bienes, te castigan por pedir limosna
Multa o trabajo comunitario por mendigar teniendo bienes (Chubut)
Ley XV N° 27 de Chubut, Código de Convivencia Ciudadana (2019), art. 125
- Qué te obliga
- No podés pedir limosna si tenés 'bienes de fortuna', aunque no mientas ni presiones a nadie.
- A quién protege
- Discutible: quien da puede sentirse engañado, pero da por su voluntad y nadie le exige nada; si hay mentira para sacar plata, eso es estafa.
- Qué cuesta
- Hasta 5 días de trabajo comunitario y/o multa (el texto dice 'hasta seis Unidades de Multa (10 UM)': 6 en letras y 10 en número); ya no hay arresto.
- Por qué está en la lista
- Hasta 5 días de trabajo comunitario o multa por pedir limosna sin mentir ni presionar a nadie.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El código de 1998 (Ley 4.145, luego XV N° 6) fue abrogado por la Ley XV N° 27 (BO 05/12/2019, vigente desde 2021). La figura sigue, casi literal, en su art. 125. El id conserva la cita vieja.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.