Vigente Catamarca Cultura Víctima: nadie

Te pueden multar por gestos o palabras que ofendan 'la decencia'

Gestos o palabras obscenas que ofendan 'la decencia' (Catamarca)
Ley 5.171 de Catamarca, Código de Faltas (2005), art. 82

Qué te obliga
No podés, con actos, gestos o palabras obscenas, ofender 'la decencia o pudor público o decoro personal', aunque no sea delito.
A quién protege
Depende: el acoso a una persona concreta tiene víctima, pero 'la decencia pública' no es nadie y la figura no exige damnificado.
Qué cuesta
Multa de 20 UM (cada UM es el 3% del salario mínimo) más instrucciones especiales.
Por qué está en la lista
Multa por ofender 'la decencia o pudor público', una figura sin definición que no exige damnificado.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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