Vigente CABA Vivienda Víctima: nadie

Para administrar un consorcio tenés que inscribirte en un registro

CABA: nadie administra un consorcio sin inscribirse
Ley 941 de CABA (2002)

Qué te obliga
Para administrar un edificio en la Ciudad tenés que inscribirte en el Registro Público de Administradores de Consorcios y declarar los edificios que administrás; si no, podés ser denunciado y sancionado.
A quién protege
Discutible: protege a los copropietarios de administradores sin control, pero elegirlo ya es decisión de la asamblea.
Por qué está en la lista
Exige inscribirse y declarar los edificios administrados; sin registro, denuncia y sanción.
Estado
Vigente
Nota
Página oficial del GCBA: «Ninguna persona puede administrar un consorcio si no está inscripta». La Ley 13.512 nacional de propiedad horizontal fue reemplazada por el Código Civil y Comercial (2015); el registro es porteño.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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