Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie
Si importás un auto híbrido o eléctrico, pagás arancel salvo por cupo
Arancel del 35% a autos híbridos y eléctricos importados
Derecho de Importación Extrazona (NCM); cupo con 0% por Decreto 49/2025 (BO 31/01/2025), modificado por los Decretos 44/2026 y 1128/2026
- Qué te obliga
- Importar un auto híbrido o eléctrico de fuera del Mercosur paga arancel (35% según medios), salvo un cupo anual de 50.000 unidades con arancel 0% hasta un precio FOB tope.
- A quién protege
- El comprador: el arancel encarece el auto para proteger a las terminales locales.
- Por qué está en la lista
- Grava los híbridos y eléctricos de fuera del Mercosur (35% según medios), salvo un cupo de 50.000 al año.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Vi en el BO el Decreto 49/2025 (firmado el 30/01/2025, publicado el 31/01/2025, vigencia 5 años): 0% para híbridos, eléctricos y a hidrógeno de hasta USD 16.000 FOB, cupo de 50.000 unidades por año. El Decreto 44/2026 (BO 26/01/2026) sustituye el Anexo I y los arts. 2 a 4: mantiene las 50.000 por año, suma al año siguiente los cupos no usados y excluye las categorías L. El Decreto 1128/2026 (BO 30/09/2026, rige desde el 01/10/2026) sustituye el art. 1 y pasa a topes FOB por tipo en un Anexo I que no pude abrir; según un blog contable: USD 16.000 mild hybrid, 18.000 híbridos y 35.000 eléctricos. El 35% fuera del cupo no figura en ninguno de los tres decretos: falta la fuente oficial del arancel general.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.