Vigente Nación Impuestos Víctima: nadie

Si pagás Ganancias, adelantás 5 cuotas del impuesto del año que viene

Anticipos de Ganancias para personas
RG AFIP 5211/2022, modificada por RG ARCA 5685/2025 y 5778/2025

Qué te obliga
Si sos persona inscripta en Ganancias (autónomo, comerciante, dueño de alquileres), pagás 5 anticipos por año a cuenta del impuesto del año siguiente.
A quién protege
Nadie: es un cobro adelantado sobre un impuesto que todavía no se generó.
Por qué está en la lista
Autónomos, comerciantes y dueños de alquileres pagan 5 anticipos por un impuesto que todavía no se generó.
Estado
Vigente
Nota
Base: ganancia del año anterior actualizada por IPC (RG 5685/2025, desde el período 2026). Desde la RG 5778/2025 se puede pedir reducción desde el 3.er anticipo, o desde el 1.º si la diferencia estimada supera el 40%. El porcentaje por anticipo no se verificó en el texto.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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