Vigente Córdoba (Córdoba) Comercio Víctima: terceros, de lejos
No podés tener ni dejar entrar animales en un local de comida
Prohibido entrar con tu perro a locales de comida (Córdoba)
Ordenanza 11.006 de Córdoba, art. 8 incs. l) y m) (BM 12/06/2006)
- Qué te obliga
- No podés tener ni dejar entrar animales en lugares donde se elaboran, guardan, venden o consumen alimentos, ni llevarlos en vehículos que transportan comida.
- A quién protege
- Discutible: busca evitar contaminación de la comida; un perro echado bajo la mesa de un bar no contamina lo que se cocina.
- Por qué está en la lista
- Alcanza también a un perro echado bajo la mesa de un bar y le quita la decisión al dueño del local.
- Estado
- Vigente
- Nota
- La prohibición alcanza al dueño del local («permitir la permanencia»), no solo al cliente.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.