Derogada Nación Cultura Víctima: nadie
Te cobran derechos de autor por la música de tu fiesta privada
Pagar SADAIC y AADI-CAPIF por la música de una fiesta privada
Decreto 41.223/1934, art. 33 (reglamentario de la Ley 11.723), texto anterior al Decreto 765/2024
- Qué te obliga
- Las entidades de autores e intérpretes cobraban derechos por la música en casamientos, cumpleaños y fiestas privadas, aunque fueran en un salón alquilado.
- A quién protege
- Nadie: la música en una reunión privada no le quita nada al autor que no le quite escucharla en tu casa.
- Por qué está en la lista
- Cobro de derechos por la música en casamientos, cumpleaños y fiestas privadas, aun en salón alquilado.
- Estado
- Derogada el 28 de agosto de 2024 por Decreto 765/2024
- Nota
- El nuevo art. 33 dice que no hay ejecución pública en un ámbito privado, de ocupación permanente o temporal. Firmado el 27/08/2024, vigente desde el día siguiente a su publicación. Mendoza lo aplicó a salones de eventos (Sitio Andino, 12/12/2024) y Leandro N. Alem (Misiones) adhirió por ordenanza el 25/03/2025 (Canal 12 Misiones; número de ordenanza no publicado). No encontré una ordenanza que exija pagar SADAIC para habilitar un comercio.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.