Derogada Nación Cultura Víctima: nadie

Te cobran derechos de autor por la música de tu fiesta privada

Pagar SADAIC y AADI-CAPIF por la música de una fiesta privada
Decreto 41.223/1934, art. 33 (reglamentario de la Ley 11.723), texto anterior al Decreto 765/2024

Qué te obliga
Las entidades de autores e intérpretes cobraban derechos por la música en casamientos, cumpleaños y fiestas privadas, aunque fueran en un salón alquilado.
A quién protege
Nadie: la música en una reunión privada no le quita nada al autor que no le quite escucharla en tu casa.
Por qué está en la lista
Cobro de derechos por la música en casamientos, cumpleaños y fiestas privadas, aun en salón alquilado.
Estado
Derogada el 28 de agosto de 2024 por Decreto 765/2024
Nota
El nuevo art. 33 dice que no hay ejecución pública en un ámbito privado, de ocupación permanente o temporal. Firmado el 27/08/2024, vigente desde el día siguiente a su publicación. Mendoza lo aplicó a salones de eventos (Sitio Andino, 12/12/2024) y Leandro N. Alem (Misiones) adhirió por ordenanza el 25/03/2025 (Canal 12 Misiones; número de ordenanza no publicado). No encontré una ordenanza que exija pagar SADAIC para habilitar un comercio.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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