Vigente Ciudad de Mendoza (Mendoza) Comercio Víctima: terceros
En Capital no podés hacer publicidad con parlantes, ni desde el aire
Prohibida la publicidad con parlantes en Capital
Ordenanza 3.877/14 de la Ciudad de Mendoza (Código de Convivencia), art. 13 inc. 4
- Qué te obliga
- En la Ciudad de Mendoza no se puede hacer publicidad con sonido, ni desde la calle ni desde el aire; responden el que emite y la empresa anunciada.
- A quién protege
- Protege a terceros: el ruido publicitario molesta a vecinos y peatones que no lo eligieron.
- Qué cuesta
- Infracción grave: 2.000 a 5.000 UTM
- Por qué está en la lista
- Prohíbe toda publicidad sonora sin importar el volumen, con multas de 2.000 a 5.000 UTM al que emite y al anunciante.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.