Vigente Ciudad de Mendoza (Mendoza) Comercio Víctima: terceros

En Capital no podés hacer publicidad con parlantes, ni desde el aire

Prohibida la publicidad con parlantes en Capital
Ordenanza 3.877/14 de la Ciudad de Mendoza (Código de Convivencia), art. 13 inc. 4

Qué te obliga
En la Ciudad de Mendoza no se puede hacer publicidad con sonido, ni desde la calle ni desde el aire; responden el que emite y la empresa anunciada.
A quién protege
Protege a terceros: el ruido publicitario molesta a vecinos y peatones que no lo eligieron.
Qué cuesta
Infracción grave: 2.000 a 5.000 UTM
Por qué está en la lista
Prohíbe toda publicidad sonora sin importar el volumen, con multas de 2.000 a 5.000 UTM al que emite y al anunciante.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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