Vigente Ciudad de Mendoza (Mendoza) Otros Víctima: terceros, de lejos
No podés tener un animal salvaje en tu casa
Prohibido tener animales salvajes en casa (Ciudad de Mendoza)
Ordenanza 3.877 de la Ciudad de Mendoza, art. 63 (BO 19/11/2014)
- Qué te obliga
- No podés tener en cautiverio ningún animal salvaje, es decir, de la fauna que no se cría ni convive habitualmente con personas.
- A quién protege
- El animal, en general: un animal silvestre encerrado sufre y su captura afecta a la especie; un reptil exótico criado en cautiverio no daña a nadie.
- Por qué está en la lista
- Prohíbe la tenencia en cautiverio de todo animal salvaje, de cualquier especie.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El texto no distingue entre animales capturados y nacidos en criaderos habilitados.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.