Vigente Nación Trámites Víctima: nadie

Tu hijo no puede llamarse igual que un hermano vivo

Tu hijo no puede llamarse igual que un hermano vivo
Código Civil y Comercial (Ley 26.994), art. 63 inc. b (2014)

Qué te obliga
No podés inscribir a un hijo con el mismo primer prenombre que un hermano que está vivo.
A quién protege
Nadie, salvo una posible confusión de identidad entre hermanos que el apellido y el DNI ya resuelven.
Por qué está en la lista
El Registro rechaza el primer nombre repetido aunque el apellido y el DNI ya distinguen a los hermanos.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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