Vigente Nación Trámites Víctima: terceros, de lejos

Muerte por accidente: no enterrás ni cremás hasta que decida un juez

Muerte por accidente: el juez decide qué pasa con el cuerpo
Ley 26.413, art. 70 (2008)

Qué te obliga
Si la muerte fue traumática (accidente, caída, violencia), la familia no puede enterrar ni cremar hasta que el juez disponga el destino de los restos y avise al Registro Civil.
A quién protege
Terceros: permite investigar si hubo un delito antes de que desaparezca la prueba.
Por qué está en la lista
En toda muerte traumática la familia espera a que el juez disponga de los restos antes de enterrar o cremar.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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