Vigente Mendoza Tránsito Víctima: terceros, de lejos
No podés manejar en ojotas: el calzado tiene que ser cerrado o sujetarte el pie
Calzado cerrado o que sujete el pie para manejar
Decreto 326/2018 de Mendoza, art. 19 inc. c
- Qué te obliga
- Para manejar tenés que usar calzado cerrado o, si es abierto, que te sujete el pie por arriba, abajo y a los costados, con suela antideslizante: nada de ojotas.
- A quién protege
- Terceros, de lejos: una ojota trabada en un pedal puede causar un choque, pero nadie revisa el calzado de los que manejan bien.
- Qué cuesta
- Falta leve (Ley 9.024, arts. 79 y 86): 70 a 100 UF, de $42.000 a $60.000 con la UF a $600 (ago. 2026)
- Por qué está en la lista
- Te dicta qué calzado usar al volante, suela antideslizante incluida; no hace falta un choque para multarte.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Falta leve por el art. 79 de la Ley 9.024: no está entre las que su art. 78 hace graves o gravísimas.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.