Vigente Nación Trámites Víctima: nadie

Aunque no pagues IVA, cada mes presentás el libro de IVA

Libro de IVA Digital para exentos
RG AFIP 4597/2019, texto según RG ARCA 5707/2025

Qué te obliga
Si sos exento en IVA, tenés que presentar cada mes el Libro de IVA Digital, aunque no tengas movimientos, en los primeros 15 días del mes siguiente.
A quién protege
Nadie: es información al fisco de alguien que no paga IVA.
Por qué está en la lista
Presentación mensual obligatoria aunque no haya movimientos, de alguien que no paga IVA.
Estado
Vigente
Nota
Texto vigente desde el 01/12/2025 (RG 5707/2025). Quedan afuera monotributistas, organismos del Estado, entidades exentas de Ganancias con certificado, cooperadoras, centros de jubilados, bomberos voluntarios, comunidades aborígenes, bibliotecas populares, comedores comunitarios y directores por sus honorarios.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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