Vigente Ciudad de Mendoza (Mendoza) Comercio Víctima: nadie
Pagás por el cartel con el nombre de tu propio negocio
Derecho de publicidad por el cartel de tu propio negocio (Ciudad de Mendoza)
Ordenanza Tarifaria 4.222 de la Ciudad de Mendoza (2026), art. 42 inc. 1 a 5; Código Tributario Municipal, art. 230
- Qué te obliga
- Por el cartel con el nombre de tu local pagás cada dos meses por metro cuadrado; desde 2026 el primer metro cuadrado de un solo cartel no paga.
- A quién protege
- Nadie: identificar tu propio negocio no daña a terceros.
- Qué cuesta
- 15 UTM por m² y bimestre ($1.725) en pintados, adosados, ploteados y toldos; salientes de 30 a 50 UTM, con la UTM a $115 (2026, cálculo propio)
- Por qué está en la lista
- Cobro bimestral por metro cuadrado del cartel; desde 2026 el primer metro de un solo cartel no paga.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El mínimo no imponible de 1 m² rige para un solo elemento, el de mayor superficie; si mide más, se paga el excedente.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.