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Tus hijos no pueden renunciar en vida a su parte de tu herencia

Tus hijos no pueden renunciar en vida a su parte de la herencia
Código Civil y Comercial (Ley 26.994), art. 2449 (2014)

Qué te obliga
Aunque tus herederos estén de acuerdo y lo firmen, no pueden renunciar a su legítima mientras vivas: el acuerdo no vale.
A quién protege
Nadie: es un acuerdo entre adultos capaces sobre bienes propios.
Por qué está en la lista
Anula el acuerdo firmado entre adultos para renunciar a la legítima mientras vive el dueño de los bienes.
Estado
Vigente
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

Otras regulaciones a nivel nacional