Vigente Buenos Aires Tránsito Víctima: nadie
Tenés que grabar la patente en puertas, capot y baúl, o no circulás
Grabado de autopartes en provincia de Buenos Aires
Ley 14.497 de Buenos Aires (2013); Decreto 280/2014 (reglamentario); autoridad de aplicación: Ministerio de Seguridad (Ley 15.164)
- Qué te obliga
- Si tu auto está radicado en PBA tenés que grabar la patente en puertas, capot y baúl (motos: al menos tres partes): es requisito para circular, vender o hacer la VTV; sin grabado pueden interdictar el auto.
- A quién protege
- Nadie directo: apunta al mercado de autopartes robadas, pero el costo, el turno y la interdicción los paga el dueño que no robó nada.
- Qué cuesta
- $1.800 en 2020 (iProfesional); precio actual sin verificar.
- Por qué está en la lista
- Sin grabado no podés circular, vender ni hacer la revisión técnica, y pueden interdictar el auto.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Vi el texto de la ley en normas.gba.gob.ar; no encontré ninguna norma que la derogue ni la suspenda a nov. 2026, y en 2026 iProfesional sigue describiéndola como obligatoria. Santa Fe, Mendoza y San Juan: no pude verificar si tienen norma vigente (sin presupuesto de búsqueda).
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.