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Te sancionan por tomar alcohol en la calle fuera de lugares permitidos

Tomar alcohol o andar borracho en la calle (Córdoba)
Ley 10.326 de Córdoba (Código de Convivencia Ciudadana), art. 82, texto según Ley 11.117 (BO 24/04/2026)

Qué te obliga
Te sancionan por tomar alcohol en la vía pública fuera de los lugares autorizados, o por andar ebrio o drogado en público si causás molestias, desorden o riesgo.
A quién protege
Nadie, en general: tomar algo en la plaza o estar borracho sin molestar no daña a terceros; si agredís a alguien, eso ya tiene su propia falta.
Qué cuesta
Hasta 3 días de trabajo comunitario o multa de hasta 6 UM, más instrucciones especiales
Por qué está en la lista
Hasta 3 días de trabajo comunitario o multa por tomar en la vía pública, sin daño a otro.
Estado
Vigente
Nota
La Ley 11.117 (aprobada el 08/04/2026, BO 24/04/2026) reescribió el art. 82: agregó el consumo de alcohol en la vía pública en lugares no autorizados, cambió «en forma escandalosa» por «cuando generen molestias, alteraciones del orden o situaciones de riesgo» y quitó la pena doble si son dos o más.
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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