Derogada Nación Trámites Víctima: nadie

De común acuerdo, no te podés divorciar antes de 3 años de casado

Divorcio de común acuerdo solo después de 3 años de casados
Código Civil (Ley 340), arts. 205 y 215 (texto Ley 23.515, 1987)

Qué te obliga
Para divorciarse de común acuerdo había que esperar 3 años de casados (2 para la separación personal) y alegar ante el juez «causas graves» que impedían la vida en común.
A quién protege
Nadie: dos adultos que quieren separarse no dañan a terceros por hacerlo antes.
Por qué está en la lista
Dos adultos de acuerdo debían esperar 3 años y alegar ante el juez «causas graves» para separarse.
Estado
Derogada el 8 de octubre de 2014 por Ley 26.994 (Código Civil y Comercial), art. 4
Nota
La derogación se publicó el 08/10/2014 y rigió desde el 01/08/2015 (Ley 27.077).
Fuentes
Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.

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