Vigente Corrientes Comercio Víctima: nadie
Si servís alcohol, tenés que colgar un cartel de no manejar tomado
Cartel obligatorio sobre alcohol y manejo en bares (Corrientes)
Ley 6.105 de Corrientes (BO 23/05/2012), arts. 1 y 2
- Qué te obliga
- Restaurantes, parrillas, comedores, pubs y todo comercio donde se tome alcohol deben colgar a la vista un cartel: «Si va a manejar, no consuma bebidas alcohólicas».
- A quién protege
- Nadie: que falte el cartel no daña a ningún cliente; el que maneja borracho ya está penado por la ley de tránsito.
- Por qué está en la lista
- Obliga a todo comercio donde se tome alcohol a exhibir un cartel con una frase fijada por ley.
- Estado
- Vigente
- Nota
- Promulgada por Decreto 997/2012. La multa queda librada a la reglamentación, que no busqué. La ficha de la Legislatura da publicación el 28/05/2012 y el PDF de la ley, el 23/05/2012.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.