Derogada Nación Consumo Víctima: nadie
Antes de demandar a una empresa tenés que pasar por una conciliación
COPREC: conciliación obligatoria antes de reclamar en la Justicia
Ley 26.993, Título I (2014); Decreto 55/2025
- Qué te obliga
- Para reclamarle a una empresa ante la Justicia nacional de consumo, el consumidor primero tenía que pasar por una audiencia de conciliación obligatoria en el COPREC, con conciliador sorteado.
- A quién protege
- Nadie: era un paso más para el consumidor que ya tenía el problema; se vendió como ayuda pero demoraba el reclamo.
- Por qué está en la lista
- Ponía una audiencia obligatoria con conciliador sorteado antes de que el consumidor pudiera ir a la Justicia.
- Estado
- Derogada el 31 de enero de 2025 por Decreto 55/2025 (disolución del COPREC); Resolución 357/2025 derogó sus 24 normas
- Nota
- El 31/01/2025 es la fecha del Decreto 55/2025 según un estudio jurídico y los considerandos de la Res. 357/2025; no pude verificar la fecha exacta de BO (probablemente los primeros días de febrero de 2025). El COPREC solo funcionaba en CABA.
- Fuentes
- Confianza media: dos medios serios coinciden.