Derogada Nación Consumo Víctima: nadie

Antes de demandar a una empresa tenés que pasar por una conciliación

COPREC: conciliación obligatoria antes de reclamar en la Justicia
Ley 26.993, Título I (2014); Decreto 55/2025

Qué te obliga
Para reclamarle a una empresa ante la Justicia nacional de consumo, el consumidor primero tenía que pasar por una audiencia de conciliación obligatoria en el COPREC, con conciliador sorteado.
A quién protege
Nadie: era un paso más para el consumidor que ya tenía el problema; se vendió como ayuda pero demoraba el reclamo.
Por qué está en la lista
Ponía una audiencia obligatoria con conciliador sorteado antes de que el consumidor pudiera ir a la Justicia.
Estado
Derogada el 31 de enero de 2025 por Decreto 55/2025 (disolución del COPREC); Resolución 357/2025 derogó sus 24 normas
Nota
El 31/01/2025 es la fecha del Decreto 55/2025 según un estudio jurídico y los considerandos de la Res. 357/2025; no pude verificar la fecha exacta de BO (probablemente los primeros días de febrero de 2025). El COPREC solo funcionaba en CABA.
Fuentes
Confianza media: dos medios serios coinciden.

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