Vigente Nación Otros Víctima: terceros, de lejos
Comprar o tener un pájaro silvestre cazado te puede costar la cárcel
Comprar o tener un pájaro silvestre cazado es delito
Ley 22.421, arts. 25 y 27 (BO 12/03/1981)
- Qué te obliga
- Si comprás, transportás, guardás o vendés a sabiendas un animal silvestre cazado sin permiso (un cardenal, un loro, un jilguero), te pueden dar prisión de 2 meses a 2 años.
- A quién protege
- El animal y la especie: la captura para jaula es una de las causas del retroceso de aves como el cardenal amarillo; no hay una víctima humana.
- Por qué está en la lista
- Castiga con prisión de 2 meses a 2 años a quien compra o guarda el ave, no solo a quien la caza.
- Estado
- Vigente
- Nota
- El art. 27 aplica a quien compra o tiene la pieza las penas de los artículos anteriores (24 a 26, de 1 mes a 2 años; con agravantes el art. 25 sube a 4 meses a 3 años). Rige incluso en provincias no adheridas (art. 34). Texto visto es el original; la ley tiene 150 normas que la modifican o complementan.
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.