Vigente Nación Trámites Víctima: terceros, de lejos
Una familia de afuera no puede adoptar a un chico argentino
No se puede adoptar a un chico argentino desde el exterior
Ley 23.849, art. 2 (1990): reserva al art. 21 incs. b a e de la Convención sobre los Derechos del Niño
- Qué te obliga
- La Argentina no aplica la adopción internacional prevista en la Convención: una familia del exterior no puede adoptar a un chico de acá por esa vía.
- A quién protege
- El chico, si lo venden o trafican al exterior: ese es el motivo que da la reserva.
- Por qué está en la lista
- Cierra por completo la vía de adopción internacional, sin evaluar a cada familia ni cada caso.
- Estado
- Vigente
- Fuentes
- Confianza alta: vimos el texto de la norma o una fuente oficial.